En medio del desmoronamiento socioeconómico del país, el gobierno de Nicolás Maduro; apunta sus acusaciones hacia el sector opositor, sin detenerse allí; aplicando “sanciones” de inhabilitación política al presidente de la Asamblea Nacional Juan Guaidó.
Desde la Contraloría General de la República; Elvis Amoroso, el contralor de Venezuela, resolvió:
“inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano (Juan Guaidó) por el periodo máximo establecido en la ley, de 15 años”
Amoroso justificó la sanción a Guaidó, argumentando que el presidente parlamentario; maneja de modo cuestionable su patrimonio.
“Ha realizado más de 91 viajes fuera del territorio con un costo que supera los 310 millones de bolívares -unos 94.000 dólares-, sin justificar la fuente de ingreso”
Esta inhabilitación, no permitirá al Presidente Interino, desempeñar ningún cargo; en la administración pública durante quince años.
Juan Guaidó respondió a la sanción
La medida parece resultado de un “tira y empuja” desesperado que ha causado; el potencial político de Juan Guaidó en las líneas del gobierno de Maduro.
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Guaidó, contraponiendose a la resolución de Amoroso, desconoció esto; debatiendo que este último no es legítimo de sus funciones; pues fue delegado por la Asamblea Nacional Constituyente, órgano del estado que a su vez es ilegítimo.
Con cientos de simpatizantes alrededor, Guaidó, en una plaza pública, añadió que:
“No es contralor. No lo es, ni existe una inhabilitación (…). El Parlamento legítimo es el único que puede designar un contralor”
La comunidad internacional también desconoció la medida
El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos; Luis Almagro, expresó por su parte, el desconocimiento de la medida contra Juan Guaidó; por medio de su cuenta de Twitter:
Desconocemos todas las actuaciones ilegales de los órganos represivos de la dictadura usurpadora de @NicolasMaduro contra el Presidente Encargado @jguaido #OEAconVzla https://t.co/1jv8DuGvML
— Luis Almagro (@Almagro_OEA2015) March 28, 2019
También desde Colombia, el Ministro de Relaciones Exteriores; Carlos Holmes Trujillo, rechazó la inhabilitación dictada por el oficialismo; de igual modo vía twitter:
Colombia rechaza la espuria inhabilitación del Presidente encargado @jguaido por parte de un Contralor ilegítimo, al servicio de un régimen igualmente ilegítimo, que insiste en impedir que los venezolanos vivan en democracia y libertad.
— Carlos Holmes Trujillo (@CarlosHolmesTru) March 28, 2019
El Senador estadounidense Marco Rubio, no faltó a su pronunciación; siempre protagonista de apoyo a Guaidó; y rechazó la inhabilitación política, alegando la ilegitimidad del contralor y del órgano que lo designó:
Media outlets should report this correctly.
This decision to “bar” @jguaido was made by illegitimate official appointed by illegitimate alternative legislative body.
He & they have no power to do anything but issue statements & jail or kill opponentshttps://t.co/ZnEbEplwMa
— Marco Rubio (@marcorubio) March 29, 2019
¿Que consideran los juristas expertos de la legitimidad esta sanción?
Luis Salamanca, jurista constitucional de la Universidad Central de Venezuela; arroja la perspectiva legal sobre la mesa, añadiendo que la decisión “no cabe”.
Esto debido a que Juan Guaidó es diputado de la Asamblea Nacional; y goza de inmunidad parlamentaria.
Por lo tanto, para el gobierno de Maduro, poder emplazar sanciones en contra del parlamentario; tendría que esperar a que termine su gestión o allanar su inmunidad parlamentaria.
Expreso también la inutilidad de la sanción contra Juan Guaidó, añadiendo que;
“a Guaidó lo único que lo puede frenar es una detención arbitraria”
El abogado constitucionalista, Juan Manuel Raffali, también se une a la argumentación; sobre la ilegitimidad de la sanción contra Guaidó, implementando la consideración de la normativa constitucional; predispuesta en el artículo 65 de la Carta Magna de Venezuela.
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Esta disposición constitucional, establece que los únicos organismos competentes para tomar estas decisiones son los tribunales penales.
Sin embargo, para que esto último pueda ocurrir, la instancia judicial debe haber dictado; sentencia firme sobre la responsabilidad del sancionado por la comisión de algún delito.